Sistema de retribuciones variable por objetivos

El nuevo sistema de retribuciones variable por objetivos aplicado unilateralmente por la empresa altera de forma relevante aspectos esenciales del anterior, y por ese motivo constituye una modificación sustancial de las Condiciones de Trabajo que no ha seguido el procedimiento del artículo 41 del ET», señala la sentencia del TS. De este modo, la decisión deberá ir precedida de un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores (ET). En este sentido, el Supremo entiende que para calificar la sustancialidad de una concreta modificación habrá de ponderarse no solamente la materia sobre la que incida, sino también sus características, y ello desde la triple perspectiva de su importancia cualitativa, de su alcance temporal e incluso de las eventuales compensaciones

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